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GASTOS FUNERARIOS POR VETERANO O EXCOMBATIENTE FALLECIDO O POR BENEFICIARIO DE VETERANO O EXCOMBATIENTE FALLECIDO

El beneficiario de gasto funerario puede ser el nombrado por el veterano y/o excombatiente en su registro de grupo familiar al momento que esté fallezca, o bien, el veterano/excombatiente podrá optar por el beneficio para la persona que designo previamente en el INABVE.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

  • DUI Y NIT de veterano/excombatiente fallecido o persona fallecida e interesado.
  • Partida de defunción de veterano/excombatiente o persona fallecida.
  • Partida de Matrimonio.
  • Partida de nacimiento de veterano/excombatiente fallecido e interesado.

 

IMPORTANTE:

  • Gasto funerario único de $700.00
  • Esta prestación económica se puede cobrar unicamente una vez.